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	<title>Zuzen por la Igualdad de Derechos &#187; Expulsión</title>
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	<description>Red Solidaria de Vitoria-Gasteiz</description>
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		<title>Concentración de Apoyo a los Jóvenes expulsados en Vitoria-Gasteiz</title>
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		<pubDate>Sat, 04 Feb 2012 11:27:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miriam</dc:creator>
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		<description><![CDATA[ Acto-concentración que tendrá lugar el próximo Miércoles 8 de febrero a las 10:00h de la mañana delante del edificio de las Juntas Generales (C/ Vicente Goicoechea) con motivo de la comparecencia que tendrá lugar tanto de la Diputada de Bienestar Social como de la Plataforma de Apoyo]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div>
<p><span style="font-family: 'Courier New', Courier, mono;">A todas las personas y entidades que os habéis adherido al manifiesto &#8220;Emergencia humanitaria provocada por la Diputación Foral de Álava y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz&#8221; os escribimos desde la Plataforma Alavesa de apoyo a los jóvenes extranjeros en primer lugar para agradeceros en nombre de los jóvenes expulsados de los Centros de Acogida vuestra solidaridad y para solicitar vuestra participación asistiendo y difundiendo el <strong>Acto-concentración que tendrá lugar el próximo Miércoles 8 de febrero a las 10:00h de la mañana delante del edificio de las Juntas Generales (C/ Vicente Goicoechea) </strong>con motivo de la comparecencia que tendrá lugar tanto de la Diputada de Bienestar Social como de la Plataforma de Apoyo. Presentaremos todas las adhesiones de entidades y exigiremos que cumplan con sus responsabilidades y no se condene a ninguna persona a sufrir situaciones de abandono y desamparo institucional. A pesar de ser un miércoles a la mañana, queremos que sea un acto lo más multitudinario posible y necesitamos todo tipo de instrumentos musicales para amenizarlo. Un saludo y no os olvidéis de difundirlo y de participar en la medida de vuestras posibilidades.</span></p>
<p><span style="font-family: 'Courier New', Courier, mono;"> </span></p>
<p><span style="font-family: 'Courier New', Courier, mono;">ULTIMA HORA: a fechas de hoy aunque hay nuevas expulsiones (7 hace dos días) hemos conseguido que todos los expulsados al menos provisionalmente tengan cama y comida y apoyo para ir tramitando sus papeles. Por ello queremos agradecer a todas las personas acogedoras, a la Casa Okupa, al Gastetxe de Gasteiz y en general a las asociaciones y personas que habéis apoyado a estos chicos y sobre todo a los propios expulsados por su actitud activa, solidaria entre ellos y comprometida.</span></p>
<p>Y para seguir presionando:</p>
<h3>
¡Juntemos <a href="http://actuable.es/peticiones/exige-acabar-con-emergencia-humanitaria-gasteiz-provocada" target="_blank">nuestras firmas</a> para acabar con esta situación YA!</h3>
<p style="text-align: center;" align="right">Asociación ELKARREKIN -Apoyo Mutuo <a href="mailto:jovenesapoyomutuo@gmail.com#utm_source=feed&amp;utm_medium=feed&amp;utm_campaign=feed" target="_blank">jovenesapoyomutuo@gmail.<wbr>com</wbr></a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="font-family: 'Courier New';">VER DOSSIER DE PRENSA</span></p>
<p><span style="font-family: 'Courier New';"><a href="http://www.ikusbide.org/data/documentos/PRENTSA%20TXOSTENA-2.pdf" target="_blank">http://www.ikusbide.org/data/<wbr>documentos/PRENTSA%20TXOSTENA-<wbr>2.pdf</wbr></wbr></a></span></p>
</div>
<div class="shr-publisher-3583"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		</item>
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		<title>Guía &#8220;Estancia Irregular: ¿Multa o Expulsión? &#8221;</title>
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		<pubDate>Fri, 21 Oct 2011 19:51:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Presentado por El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y el Centro Pueblos Unidos con la finalidad de ofrecer información actualizada sobre los derechos y obligaciones de las personas inmigrantes en situación de irregularidad.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><a href="http://www.pueblosunidos.org/cpu/boletines/GuiaEstanciaIrregular2011.pdf"><img class="alignright size-full wp-image-3462" src="http://www.redsolidaria.info/wp-content/uploads/2011/10/bb.png" alt="" width="224" height="320" /></a>Presentado por El <a href="http://www.icam.es/web3/cache/index.html">Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM)</a> y el <a href="http://www.pueblosunidos.org/cpu/">Centro Pueblos Unidos </a>con la finalidad de ofrecer información actualizada sobre los derechos y obligaciones de las personas inmigrantes en situación de irregularidad.</p>
<div class="shr-publisher-3461"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Revocación de expedientes de expulsión. INSTRUCCION de la Dirección general de Inmigración.</title>
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		<pubDate>Fri, 21 Oct 2011 19:47:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Nuestros derechos]]></category>

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		<description><![CDATA[El régimen jurídico aplicable a la revocación de decisiones de devolución y resoluciones de expulsión por estancia irregular cuando posteriormente se solicita una autorización de residencia por circunstancias excepcionales se encuentra expresamente regulado en los artículos 23.8 y 241 (apartados 2 y 3) del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>El <a href="http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/impresos/RJCP.pdf">régimen jurídico aplicable a la revocación de decisiones de devolución y resoluciones de expulsión por estancia irregular </a>cuando posteriormente se solicita una autorización de residencia por circunstancias excepcionales se encuentra expresamente regulado en los artículos 23.8 y 241 (apartados 2 y 3) del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.<br />
En dichos preceptos, el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 dispone la revocación de las decisiones de devolución y de las resoluciones de expulsión no ejecutadas (en este último caso cuando las mismas hayan sido impuestas en relación una infracción de las previstas en las letras a) y b) del artículo 53.1 de la Ley Orgánica 4/2000), siempre que se<br />
haya presentado una solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales y cuando se considere que procedería la concesión de la autorización.<br />
La aplicación de dichos preceptos no resulta afectada por la circunstancia que la resolución de expulsión o la decisión de devolución sea objeto de un proceso contencioso-administrativo o incluso haya sido declarada conforme a Derecho por un órgano judicial. En este sentido, se señala que la revocación de los actos administrativos (contemplada en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), a diferencia de la figura de la anulación, responde a motivos de oportunidad y no a la consideración de que el acto administrativo no resulta conforme a Derecho. La concurrencia de dichos motivos de oportunidad es concretada por el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 en el sentido de entender revocables las decisiones de devolución y determinadas resoluciones de expulsión cuando se considere que procede la concesión de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. También debe indicarse que la decisión de revocar un acto administrativo no cuestiona su validez, sino que se basa en la apreciación de circunstancias no existentes o no conocidas en el momento en que el mismo fue adoptado y que determinan la procedencia de que la Administración revise de oficio sus actos propios.<span id="more-3458"></span><br />
Por todo ello, <a href="http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/impresos/RJCP.pdf">se reitera y confirma el criterio </a>comunicado en diversas reuniones mantenidas con Jefes de Oficinas de Extranjería, Directores de Áreas funcionales de Trabajo e Inmigración y Jefes de Dependencias provinciales de Trabajo e Inmigración en el sentido que la decisión de revocación de las decisiones anteriormente mencionadas no debe verse afectada por el hecho de que las mismas estén siendo revisadas en sede judicial o incluso de que su validez haya sido confirmada por una decisión judicial.<br />
Madrid, 21 de septiembre de 2011<br />
El Director General,<br />
Markus González Beilfuss.<br />
<a href="http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/impresos/RJCP.pdf">Enlace a la INSTRUCCIÓN</a></p>
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		<title>Guía práctica sobre estancia irregular</title>
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		<pubDate>Sun, 09 Oct 2011 15:06:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El ICAM publica una interesante Guía Práctica informativa sobre los derechos y obligaciones de las personas en situación irregular. Se titula: Estancia irregular¿ multa o expulsión?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>El ICAM publica una interesante <a href="http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/revista/GuiaICAM.pdf" target="_blank">Guía Práctica informativa </a>sobre los derechos y obligaciones de las personas en situación irregular. Se titula: <a href="http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/revista/GuiaICAM.pdf" target="_blank">Estancia irregular¿ multa o expulsión?</a></p>
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		<title>Los inmigrantes no regulados con hijos menores escolarizados no serán expulsados hasta fin del curso escolar</title>
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		<pubDate>Wed, 20 Apr 2011 21:44:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los inmigrantes en situación irregular que tengan hijos menores escolarizados en España no podrán ser expulsados del territorio nacional hasta que finalice el curso escolar, así como las personas enfermas y las mujeres embarazadas que lleguen clandestinamente a España tampoco podrán ser repatriadas a sus países de origen si el viaje supone un riesgo para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Los inmigrantes en situación irregular que tengan hijos menores escolarizados en España no podrán ser expulsados del territorio nacional hasta que finalice el curso escolar, así como las personas enfermas y las mujeres embarazadas que lleguen clandestinamente a España tampoco podrán ser repatriadas a sus países de origen si el viaje supone un riesgo para la gestación.<span id="more-3285"></span></p>
<p>Son algunos de los preceptos que contempla el <a href="http://www.tribunalatina.com/es/notices/el_conocimiento_de_la_lengua_oficial_no_sera_requisito_para_obtener_el_arraigo_30839.php" target="_self">nuevo Reglamento de Extranjería</a>, aprobado el pasado viernes, en materia de régimen sancionador, donde se especifica que &#8220;en el caso de que el extranjero tenga a cargo menores escolarizados, no procederá la ejecución de la sanción de expulsión hasta la finalización del curso académico, salvo que el otro progenitor sea residente en España y pueda hacerse cargo de ellos&#8221;.</p>
<p>&#8220;Igualmente, se suspenderá la ejecución de la expulsión en los casos de mujeres embarazadas cuando suponga un riesgo para la gestación o para la vida o la integridad física de la madre, o cuando se trate de personas enfermas y la medida pueda suponer un riesgo para su salud&#8221;, explica el texto.</p>
<p>Este principio también se aplica a las mujeres embarazadas que llegan a las fronteras españolas a bordo de pateras y cayucos, ya que el reglamento especifica que &#8220;aún cuando se haya adoptado una resolución de devolución, ésta no podrá llevarse a cabo y quedará en suspenso su ejecución&#8221; cuando se trate de gestantes y &#8220;la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o para la salud de la madre&#8221;.</p>
<p>Por otra parte, aunque el texto remite al desarrollo aún pendiente de un reglamento específico de funcionamiento de los centros de internamiento de extranjeros, sí desarrolla el mandato legal de restringir el ingreso a aquellas personas cuya expulsión del territorio no haya podido resolverse en un plazo de 72 horas. Si la sanción se tramita por el procedimiento ordinario, no podrá acarrear internamiento.</p>
<p>Como ya recoge la Ley de Extranjería, en línea con la normativa europea, el internamiento se mantendrá &#8220;por el tiempo imprescindible para ejecutar la expulsión, que no podrá prolongarse en ningún caso más allá de sesenta días, o hasta que se constate la imposibilidad de ejecutarla en dicho plazo&#8221; y &#8220;no podrá acordarse un nuevo internamiento sobre la base del mismo expediente de expulsión&#8221;</p>
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		<item>
		<title>Denuncian expulsiones «ilegales» de mujeres nigerianas en Álava</title>
		<link>http://www.redsolidaria.info/2011/04/14/denuncian-expulsiones-%c2%abilegales%c2%bb-de-mujeres-nigerianas-en-alava/#utm_source=feed&#038;utm_medium=feed&#038;utm_campaign=feed</link>
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		<pubDate>Thu, 14 Apr 2011 14:26:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<description><![CDATA[«Puede ocurrir en cualquier momento, en veinte minutos, y es totalmente ilegal», se lamentaba la abogada Amparo Banqueri Cañete, al tiempo que denunciaba que «en Álava se está deteniendo y abriendo decretos de expulsión a nigerianas con arraigo».]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>«Puede ocurrir en cualquier momento, en veinte minutos, y es totalmente ilegal», <a href="http://www.elcorreo.com/alava/v/20110414/alava/denuncian-expulsiones-ilegales-mujeres-20110414.html">se lamentaba la abogada </a>Amparo Banqueri Cañete, al tiempo que denunciaba que «en Álava se está deteniendo y abriendo decretos de expulsión a nigerianas con arraigo».</p>
<div class="shr-publisher-3271"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>El Defensor del Pueblo alerta de un comunicado de Extranjería que puede provocar redadas masivas</title>
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		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 20:53:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Numerosas asociaciones que defienden los derechos de los inmigrantes han vuelto a denunciar prácticas policiales de contro y redadas masivas, que vulneran derechos fundamentales, a pesar de que el Ministerio del Interior ya ha desmentido que hayan aumentado de los controles policiales. La Circular 1/2010 de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras ha puesto en pie [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Numerosas asociaciones que defienden los derechos de los inmigrantes <a href="http://lacomunidad.elpais.com/la-abadia-de-theleme/2011/2/18/el-estado-policial-y-detenciones-emigrantes-" target="_blank">han vuelto a denunciar</a> prácticas policiales de contro y redadas masivas, que vulneran derechos fundamentales, a pesar de que <a href="http://www.elpais.com/articulo/espana/Rubalcaba/admite/malentendidos/aplicacion/Ley/Extranjeria/parte/Policia/elpepiespmad/20090216elpepunac_9/Tes" target="_blank">el Ministerio del Interior ya ha desmentido</a> que hayan aumentado de los controles policiales.</p>
<p><!-- google_ad_section_end() --><!-- ***** Fin de Entradilla ***** --><!-- ***** Estatico de noticia ***** --><!-- ***** Estatico de noticia ***** --><!-- ***** Info complementaria ***** --></p>
<div><!-- ***** Despiece ***** --><!-- ***** Despiece ***** --><!-- ***** Hermanas ***** --></div>
<div><!-- ************* Tabla **************** --><!-- ************* Fin Tabla **************** --><!-- ************* Destacados **************** --><!-- ************* Fin Destacados **************** --><!-- ************* El dato **************** --><!-- ************* Fin El dato **************** --><!-- ************* La cifra **************** --><!-- ************* Fin La cifra **************** --><!-- ************* La frase **************** --><!-- ************* Fin La frase **************** --><!-- ************* Las claves **************** --><!-- ************* Fin Las claves **************** --></div>
<p>La Circular 1/2010 de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras ha puesto en pie de guerra a la <a href="http://www.fferine.org/" target="_blank">Federación Estatal de Asociaciones de Inmigrantes y Refugiados en España</a>, el colectivo por la Paz y la Solidaridad y otras 140 asociaciones y sindicatos, que han dirigido sus protestas a la oficina del <a href="http://www.defensordelpueblo.es/es/index.html" target="_blank">Defensor del Pueblo</a> para que tome medidas, ya que consideran su aplicación sobrepasa la identificación de personas.<span id="more-3245"></span></p>
<p>La Defensora del Pueblo, Luisa Cava de Llano, les ha dado la razón y ha argumentado que &#8220;la redacción confusa y la mezcla de varios conceptos dentro de la circular pueden favorecer la práctica de detenciones masivas de extranjeros&#8221;, por lo que sugiere que se revise este comunicado fechado el 25 de enero del pasado año.</p>
<p>La circular, que entró en vigor el pasado 13 de diciembre, ha levantado ampollas entre los <a href="http://www.extranjeriaasesores.com/editoriales_judiricas.html" target="_blank">letrados de inmigración</a>, ya que introduce varios puntos controvertidos. La Defensora del Pueblo ha centrado sus críticas en el siguiente fragmento: &#8220;Se recuerda que el <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a1" target="_blank">artículo 11 de la Ley Orgánica 1/1992</a>, sobre protección de la seguridad ciudadana, impone a los extranjeros que se hallen en España dos obligaciones: una, la de acreditar su identidad; otra, la de acreditar que se hallen legalmente. En este supuesto, esa misma norma posibilita, al objeto de sancionar una infracción, el traslado a la dependencia policial para practicar las diligencias de identificación por el tiempo imprescindible. El traslado a la dependencia policial puede efectuarse conduciendo al individuo, bien en calidad de detenido, bien a efectos de identificación. Si se traslada en calidad de detenido, esta es la detención preventiva, que, posteriormente, cuando el funcionario inicia el expediente de expulsión dispondrá que esa detención preventiva se convierta en cautelar de ese procedimiento de expulsión ya en curso (así lo posibilita el artículo 61.1.d de la Ley de Extranjería)&#8221;.</p>
<p><strong>Detención &#8216;cautelar&#8217;<em> </em></strong></p>
<p>De Llano señala en su escrito que el texto provoca &#8220;cierta ambigüedad&#8221;. En efecto, el artículo 11 de la Ley Orgánica 1/1992 obliga al extranjero a disponer de los documentos que acrediten su identidad y su situación legal, y el artículo 20 de la misma ley permite el traslado a comisaría para proceder a la identificación en aquellos casos en los que no resulta posible hacerlo de otro modo. Por tanto, el traslado a comisaría solo puede producirse en caso de que el individuo carezca de documentación que acredite su identidad y no cuando le falten los papeles quedemuestran la legalidad desu estancia en España. En este punto, la redacción del documento podría provocar una interpretación errónea de la que se desprenda que cabe la conducción a comisaría de un ciudadano extranjero aún cuando este estuviese identificado, lo cual no es conforme al Derecho.</p>
<p>El término empleado, <em>detención preventiva</em>, solo cabe ante supuestos de comisión de ilícitos penales recogidos en la <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.html" target="_blank">Ley de Enjuiciamiento Criminal</a>, lo que no incluye la eventual estancia irregular en España, que está tipificada como un ilícito administrativo. En este caso, ni siquiera podría realizarse una detención cautelar administrativa [artículo 61.1.d de la Ley de Extranjería], puesto que estas se practican en el marco de un procedimiento de expulsión ya en curso y, por tanto, no pueden llevarse a cabo antes de que se inicie dicho proceso. El uso incorrecto de este concepto ha sido entendido por la oficina del Defensor del Pueblo como un foco de malentendidos que &#8220;abre vía libre a detenciones preventivas sin fundamento&#8221;.</p>
<p><strong>Redadas sistemáticas</strong></p>
<p>La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil ha respondido a la oficina del Defensor del Pueblo que siempre se ha mantenido &#8220;un compromiso de respeto a la legalidad&#8221; y ha dejado claro que las diligencias de identificación en la vía pública continuarán practicándose como hasta ahora.</p>
<p>Sin embargo, De Llano <a href="http://lacomunidad.elpais.com/la-abadia-de-theleme/2011/2/18/el-estado-policial-y-detenciones-emigrantes-" target="_blank">no ha dejado de recibir quejas sobre el establecimiento de controles de identificación rutinarios</a> en lugares públicos con el fin exclusivo de localizar a inmigrantes que estén en situación irregular en el país. Además, los denunciantes advierten que las redadas tienen como objetivo a personas con rasgos étnicos similares, sin otros signos externos que distintigansu nacionalidad. Este tipo de actuaciones policiales que carece cobertura legal, como se recoge en los artículos 19.2 y 20.1 de la Ley Orgánica 1/1992.</p>
<p>La Policía y la Guardia Civil niegan tajantemente que los controles se produzcan de manera sistemática y que se encaminen hacia un colectivo concreto, sino que se planifican en función de las necesidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, previo análisis de inteligencia e información.</p>
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		<title>Acordado un nuevo modelo de atención jurídica a inmigrantes</title>
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		<pubDate>Mon, 04 Apr 2011 20:11:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La dirección de Inmigración y Gestión de la Diversidad ha puesto a disposición de las personas interesadas el teléfono gratuito 900.840.126 en el que podrán ser asesorados en materia de extranjería. El nuevo modelo de atención jurídica está especialmente dirigido a personas inmigrantes en riesgo de perder la regularidad de su situación. El departamento de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>La dirección de Inmigración y Gestión de la Diversidad ha puesto a disposición de las personas interesadas el teléfono gratuito 900.840.126 en el que podrán ser asesorados en materia de extranjería. El nuevo modelo de atención jurídica está especialmente dirigido a personas inmigrantes en riesgo de perder la regularidad de su situación.</p>
<p><a href="http://www.irekia.euskadi.net/es/news/5576-acordado-nuevo-modelo-atencion-juridica-inmigrantes#">El departamento de Empleo y Asuntos sociales, conjuntamente con el de Justicia y los tres Colegios de abogados de la Comunidad Autónoma del País Vasco, han presentado en Bilbao</a> el nuevo modelo de atención y asesoría jurídica en materia de extranjería para las personas inmigrantes. Una de las principales novedades del modelo reside en que los  inmigrantes que lo requieran podrán ser atendidos por un letrado colegiado.</p>
<p>El director de Inmigración y Gestión de la Diversidad, Miguel Ángel González, ha afirmado que los casos de mayor complejidad jurídica van a poder recibir la atención de profesionales especializados en la materia &#8220;con la garantía que supone el respaldo de los colegios de abogados y de sus turnos de extranjería&#8221;.</p>
<p>Para acceder a este servicio, la dirección de Inmigración, ha puesto a disposición de las personas interesadas un teléfono gratuito, el 900 840 126, que además ofrece un servicio de traducción simultánea. A través de este teléfono, se pueden hacer consultas referidas a la situación o a las necesidades que se presentan.<br />
Recabada la  información y cuando se cumplen los requisitos establecidos, la dirección de Inmigración deriva el caso al colegio de abogados correspondiente, que asigna un letrado especialista en extranjería. El letrado atiende personalmente a la persona demandante de apoyo y puede gestionar alguna tramitación o recurso.<span id="more-3241"></span></p>
<p>En los dos meses que lleva este dispositivo en funcionamiento, la dirección de Inmigrantes ha atendido ya más de 450 consultas en materia de extranjería. Un centenar de ellas se han derivado a los respectivos colegios, y el resto se han atendido directamente o trasladado a otros servicios.</p>
<p>La dirección de Inmigración, Biltzen, ofrece información y formación en materia de extranjería a profesionales de los servicios sociales, empleo o entidades sociales. El objetivo es fortalecer y mejorar su capacidad de intervención cuando la persona que recurre a sus servicios es extranjera y plantea cuestiones jurídicas.</p>
<p>La red de atención se completa con seis entidades del tercer sector que ejercen un papel complementario, &#8220;acompañando de manera más integral a las personas en sus procesos de integración e incorporación social&#8221;, ha apuntado González. Estas entidades del tercer sector atienden a una problemática más amplia de la persona, no sólo el ámbito jurídico.</p>
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		<title>La ONU pide el fin de las redadas contra inmigrantes</title>
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		<pubDate>Wed, 16 Mar 2011 20:54:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
				<category><![CDATA[Activismo]]></category>
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		<category><![CDATA[Voces críticas]]></category>

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		<description><![CDATA[Las detenciones masivas de inmigrantes ordenadas por el Ministerio del Interior han llegado a Naciones Unidas. El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU ha pedido a España que termine cuanto antes con las que denomina «redadas policiales basadas en perfiles étnicos», que se derivan de la circular 1/2010 que el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Las detenciones masivas de inmigrantes ordenadas por el Ministerio del Interior han llegado a Naciones Unidas. El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU ha pedido a España que <a href="http://www.europapress.es/epsocial/noticia-onu-pide-espana-erradique-detenciones-indiscriminadas-inmigrantes-20110315173226.html">termine cuanto antes con las que denomina «redadas policiales basadas en perfiles étnicos»,</a> que se derivan de la circular 1/2010 que el Ministerio del Interior distribuyó el 25 de enero de 2010 y en la que instaba a la Policía a practicar arrestos de cualquier extracomunitario que no pudiera identificarse al instante.<br />
La ONU, en un texto del 10 de marzo, dice que es «preocupante la información que ha recibido acerca de los controles de identificación o redadas policiales basados en perfiles étnicos y raciales realizados en lugares públicos y barrios donde hay alta concentración de extranjeros».<br />
El comité cree que detrás de estos arrestos masivos están las órdenes de la Comisaría General de Extranjería. Una circular cuya legalidad defendió el propio Alfredo Pérez Rubalcaba en el Congreso invocando la llamada &#8216;ley Corcuera&#8217;, la normativa de Seguridad Ciudadana.<br />
El comité, que «insta» a Interior a «tomar medidas efectivas para erradicar la práctica de controles de identificación» basados en «perfiles étnicos y raciales», recomienda al Ministerio que «considere la revisión de aquellas disposiciones de la Circular 1/2010», porque, entiende, estas discutidas órdenes «dan lugar a interpretaciones que en la práctica se pueden traducir en la detención indiscriminada y en la restricción de los derechos de los ciudadanos extranjeros en España».<br />
La circular, que era secreta ordenaba siempre «detenciones preventivas» de cualquier indocumentado, cuando esta figura es excepcional en la nueva Ley de Extranjería. Además, establecía que los expedientes de expulsión se tramitaran «a la mayor brevedad y en el tiempo mínimo imprescindible».<br />
El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial ha emitido un informe en el que insta a España a &#8220;tomar medidas efectivas para erradicar la práctica de controles de identificación basados en perfiles étnicos y raciales&#8221; que, &#8220;en la práctica, se pueden traducir en detenciones indiscriminadas&#8221; de extranjeros. </p>
<p>   Esta es una de las principales recomendaciones del documento publicado por Naciones Unidas en el marco del examen realizado sobre España durante el 78º período de sesiones, que se desarrolló entre el 14 de febrero y el 11 de marzo, y en el que se analizaron informes presentados por el Gobierno, Amnistía Internacional, SOS Racismo, Secretariado Gitano y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). <span id="more-3220"></span></p>
<p>   Tras analizar la documentación, el Comité pide a España que revise la Circular policial 1/2010 en la que se consignaban cupos de detención de inmigrantes, así como reforme los aspectos de la legislación en materia de extranjería &#8220;que dan lugar a interpretaciones que en la práctica se pueden traducir en la detención indiscriminada y en la restricción de los derechos de los ciudadanos extranjeros&#8221;.</p>
<p>   Además, el Comité pide al Gobierno que &#8220;revise&#8221; la Ley de Extranjería porque las disposiciones relativas a extranjeras de víctimas de violencia de género &#8220;son discriminatorias&#8221; contra las mujeres que padecen malos tratos y están en situación irregular.</p>
<p>   Según el documento, la Ley &#8220;puede disuadir a las mujeres extranjeras, en situación irregular, a presentar denuncias por violencia de género por miedo a ser expulsadas del territorio del Estado parte en caso de que los tribunales no dicten una sentencia condenatoria contra el acusado&#8221;. </p>
<p>   El Comité también expresa su &#8220;preocupación&#8221; por las personas que tras cumplir 60 días encerradas en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son puestos en libertad con un proceso de expulsión pendiente, lo que les hace &#8220;más vulnerables a ser víctimas de abusos y discriminaciones&#8221;. </p>
<p>   En esta línea, solicitan al Gobierno que adopte &#8220;las medidas necesarias para garantizar la protección de sus derechos básicos, la protección judicial y el acceso a un recurso efectivo, incluida la posibilidad de recurrir su orden de expulsión&#8221;. </p>
<p>   Por último, pide al Ejecutivo que elabore el reglamento de los CIE con la finalidad de uniformar su funcionamiento y así garantizar condiciones de vida, acceso a información, asistencia legal y atención médica adecuadas para los internos, así como el acceso de las<br />
   La violencia de género, las detenciones indiscriminadas y la falta de estadísticas son las cuestiones sobre las que la ONU pide a España un mayor esfuerzo. En concreto, &#8220;reitera&#8221; su petición al Gobierno de facilitar datos &#8220;sobre la composición étnica y racial de su población&#8221; y solicita que elabore un censo incluyendo estos criterios, porque es &#8220;fundamental&#8221; para &#8220;monitorear&#8221; la discriminación. </p>
<p>   Sobre este asunto, el Comité expresa su &#8220;preocupación&#8221; porque &#8220;no existen cifras oficiales&#8221; sobre incidentes racistas y xenófobos, ni sobre el número de denuncias presentadas o las medidas judiciales que han acarreado. Para la ONU, tener &#8220;escaso número de denuncias&#8221; no debe considerarse &#8220;necesariamente positivo, ya que puede ser un indicador, entre otros, del temor de las víctimas&#8221; o de su &#8220;falta de confianza<br />
en los órganos policiales y judiciales&#8221;. </p>
<p>PREOCUPACIÓN POR LAS &#8216;ESCUELAS GUETO&#8217; </p>
<p>   <a href="http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=702562">Otro de los aspectos que preocupa a la ONU </a>son las aulas de niños migrantes y gitanos que algunas comunidades autónomas han puesto en marcha para atender a este alumnado y que el Comité denomina &#8216;escuelas gueto&#8217;. Además, recuerda que la Ley Orgánica de Educación (LOE) prevé mecanismos que posibilitan una &#8220;adecuada y equilibrada&#8221; distribución de los estudiantes.</p>
<p>   Por este motivo, recomienda al Estado español que revise los criterios y métodos del proceso de admisión a las escuelas públicas y privadas y tome medidas para garantizar una &#8220;efectiva&#8221; distribución equilibrada de los alumnos en los centros escolares. Asimismo, le pide que le proporcione datos estadísticos desagregados sobre el número de niños migrantes, gitanos y españoles inscritos en las escuelas en su próximo informe periódico.</p>
<p>MENORES NO ACOMPAÑADOS </p>
<p>   Si bien acoge con &#8220;satisfacción&#8221; los acuerdos sobre asistencia y repatriación a menores no acompañados que España ha firmado con Rumanía y Senegal, también manifiesta &#8220;preocupación&#8221; por la realización de pruebas radiológicas para determinar mediante una valoración ósea la edad de los menores no acompañados en territorio español. Según alerta, el &#8220;amplio&#8221; margen de error del sistema utilizado &#8220;puede dejar a algunos menores desprovistos de las protecciones que les corresponden&#8221;.</p>
<p>   Así, insta al Estado español a que &#8220;revise&#8221; diferentes métodos de determinación de edad e &#8220;invierta&#8221; en la puesta en marcha de &#8220;pruebas fiables, actualizadas y que no sean dañinas para la integridad física de los menores&#8221;.</p>
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		<title>Algunos aspectos de la política francesa sobre Roms y “gens du voyage” (gitanos rumanos y búlgaros y personas nómadas o itinerantes)</title>
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		<pubDate>Tue, 21 Sep 2010 12:52:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>jabi</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Cajón de sastre]]></category>
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		<description><![CDATA[Agustín Unzurrunzaga · Gipuzkoako SOS Arrazakeria Estas notas son continuación de la 5 y la 6 sobre la cuestión de la racialización de la delincuencia y los acontecimientos que están ocurriendo en Francia desde mediados de julio. Antecedentes Conviene recordar, tener en cuenta, que en el origen de toda esta historia no están los Roms [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Agustín Unzurrunzaga · Gipuzkoako SOS Arrazakeria Estas notas son continuación de la 5 y la 6 sobre la cuestión de la racialización de la delincuencia y los acontecimientos que están ocurriendo en Francia desde mediados de julio.<span id="more-2985"></span></p>
<p>Antecedentes</p>
<p>Conviene recordar, tener en cuenta, que en el origen de toda esta historia no están los Roms de Rumania y Bulgaria que andan por Francia, sino los nómadas o itinerantes, la &#8220;gen du voyage&#8221; de nacionalidad francesa desde hace un montón de generaciones. El joven Luigi Duquenet, muerto por la gendarmería en la noche del 16 al 17 de julio era francés de pura cepa, hijo de una familia nómada sedentarizada desde hace dos generaciones. Los acontecimientos de Sant-Aignan, el ataque contra la gendarmería situada en ese pueblo de 3.400 habitantes del Departamento de Loir-et Cher por una cincuentena de personas, se produjeron como consecuencia de la muerte de Luigi Duquenet, y en ellos no participaron Roms, sino &#8220;gens du voyage&#8221;, es decir, franceses. Así pues, el desmantelamiento de los campamentos Roms y las expulsiones colectivas a Rumanía y Bulgaria, y la circular del 5 de agosto así lo muestra a la claras, es el resultado de la instrumentalización por parte del Gobierno francés de un suceso puntual, de un &#8220;fait divers&#8221;, para desencadenar una acción política contra los Roms</p>
<p>La posición del Parlamento Europeo</p>
<p>El Parlamento europeo votó el jueves 9 de septiembre de 2010 una Resolución en la que se le pedía al gobierno francés la suspención inmediata de las expulsiones de Roms, fundamentalmente hacia Rumanía. De hecho, ese día, el Ministro de la Inmigración Eric Besson y el Secretario de Estado para asuntos europeos Pierre Lellouche, se encontraban en Bucarest negociando con el gobierno rumano el tema de los retornos.</p>
<p>La Resolución adoptada, que no tiene carácter obligatorio, fue presentada por los socialistas, los liberales, los verdes y los comunistas, y fue adoptada por 337 votos a favor, 245 en contra y 51 abstenciones. Votaron en contra los populares.</p>
<p>El Partido Popular Europeo presentó su propia Resolución, en la que no se condenaba la política de expulsiones francesa. Esa Resolución fue rechazada.</p>
<p>La resolución aprobada, además de condenar las expulsiones y pedir su paralización inmediata, criticaba una reciente reunión habida en Francia, a iniciativa de su gobierno, sobre el tema de la inmigración y libre circulación. La resolución viene a decir que esos temas son competencia de la propia Unión Europea y que la actitud del gobierno francés va a la par de la política de estigmatización de los Roms y de la denigración general de las personas Tziganes. Se defiende el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea a circular libremente por toda la Unión, y se considera ese derecho como uno de los pilares de la ciudadanía de la Unión tal y como está definido en sus Tratados. El Parlamento también criticó la posición tibia de la Comisión.</p>
<p>Aunque no tenga carácter obligatorio, la resolución es un palo para el gobierno francés. En sí misma, y porque se añade a otras condenas, como la de la Iglesia Católica o la de la Comisión contra el racismo de la ONU. Y porque este tipo de condenas refuerzan la legitimidad de los movimientos sociales y de los políticos y políticas que critican y pelean contra la política impulsada por el Gobierno del presidente Sarkozy.</p>
<p>La respuesta del Gobierno francés</p>
<p>Parece evidente que el gobierno francés no va a hacer caso de la resolución. El mismo día en que se aprobó, el ministro Eric Besson dijo que Francia no aceptaría el &#8220;diktat&#8221; del parlamento europeo. También insistió en que &#8220;no existe una política específica contra la minoría &#8220;Rom&#8221;</p>
<p>Por su parte, Pierre Lellouche, secretario de Estado para asuntos europeos, decía que la ley europea sobre libre circulación en el interior de la Unión tiene un límite, y que ese límite &#8220;son tres meses de residencia, y no treinta años, y que los gastos no los asume quien recibe. Nadie tiene el derecho de instalarse sin medios en la otra punta de Europa a costa del país que le acoge&#8221;</p>
<p>En lo expresado por Eric Besson y por Pierre Lellouche hay varias cuestiones muy importantes:</p>
<p>? ¿Existe en Francia una política o medidas contra los &#8220;Roms&#8221; por el hecho de ser &#8220;Roms&#8221;?<br />
? ¿La libertad de desplazamiento en el interior de la Unión, para sus ciudadanos y ciudadanas, tiene el límite temporal de tres meses?<br />
? ¿Las personas ciudadanas de un país de la Unión Europea que no disponen de medios para instalarse en otro, pueden intentarlo y sobrepasar los tres meses de estancia antes citados?<br />
? ¿Las personas ciudadanas de un país de la Unión que no tienen medios pueden desplazarse a otro, intentar instalarse y solicitar las diferentes prestaciones sociales que les puedan corresponder, tales como asistencia sanitaria, escolarización de los hijos, prestaciones sociales básicas?</p>
<p>En cuanto al primer punto, el domingo día 12 de septiembre, la prensa francesa sacaba a la luz una Circular del Ministerio del Interior del pasado 5 de agosto. En ella se dice que: &#8220;El presidente de la República ha fijado, el 28 de julio, un objetivo preciso para la evacuación de campamentos ilícitos: 300 campamentos o implantaciones ilícitas deberán ser evacuadas de aquí a tres meses, prioritariamente de &#8220;Roms&#8221;&#8230;..En cada Departamento corresponde a los prefectos implicarse, sobre la base de lo que existía el 21 y el 23 de julio, y llevar adelante una acción sistemática de desmantelamiento de los campamentos ilícitos, prioritariamente los de &#8220;Roms&#8221;.Ello implica determinar rápidamente las medidas jurídicas y operacionales para cumplir con el objetivo buscado&#8221;</p>
<p>No estamos, a la vista de la circular citada, ante un desmantelamiento de campamentos ilícitos en general, sino que hay una clara distinción y una prioridad sobre un tipo de campamentos, los campamentos de &#8220;Roms&#8221; y por el hecho de ser &#8220;Roms&#8221;. Por tanto, cabe deducir, a la vista de esta circular, que el ministro Eric Besson no decía la verdad, que la verdad es que sí había una política específica contra los &#8220;Roms&#8221; por el hecho de ser &#8220;Roms&#8221;, y no porque hubieran hecho esto o lo otro.</p>
<p>El 13 de septiembre, el ministro de la inmigración Eric Besson declaraba que no sabía que existiese esa circular del Ministerio del Interior. El problema es que, un par de días más tarde, la prensa francesa sacaba a la luz que en la reunión en que se elaboró la circular del 5 de agosto, en el ministerio del interior, estaba un representante del ministerio de la inmigración que dirige el señor Besson. Una nueva mentira del antiguo dirigente socialista convertido en sarkozysta.</p>
<p>Y además del desmatelamiento de los campamentos, está el problema de la expulsión colectiva de los &#8220;Roms&#8221;, práctica prohibida por el Protocolo Adicional nº 4 de la Convención Europea y por sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que califica de expulsión colectiva &#8220;&#8230;toda medida que obligue a los extranjeros, en cuanto grupo, a abandonar un país, salvo en el caso de que tal medida haya sido adoptada al final de y sobre la base de un examen razonable y objetivo de la situación particular de cada uno de los extranjeros que formen el grupo&#8221;. A la vista de la circular anterior, y de la práctica de todos los días, la consecuencia del desmantelamiento prioritario de campamentos de &#8220;Roms&#8221;, es la incoación de los expedientes de expulsión. La expulsiones se formalizan en grupo, y por familias enteras y, a poder ser, sin darles tiempo de que se pongan en contacto con las asociaciones de solidaridad. Cuando consiguen ponerse en contacto y se interponen demandas, la experiencia va demostrando que los juzgados se están pronunciando mayoritariamente en contra de las expulsiones, pues en los expedientes administrativos no hay nada diferente o que vaya más allá de que los actores expulsables son &#8220;Roms&#8221;</p>
<p>En cuanto al segundo y tercer punto. Rumanía y Bulgaria se incorporaron a la Unión Europea en el año 2007. Desde el momento de su incorporación se garantizaba a sus habitantes el derecho a la libre circulación en el conjunto de la Unión. Otra cosa diferente es el tema del derecho a establecerse, donde los diferentes países de la Unión Europea han aplicado las moratorias que el acuerdo de incorporación posibilitaba. España aplicó una moratoria de dos años y Francia, en principio, una de cuatro, hasta el 2011, aunque ahora se habla de ampliarla hasta 2014. Durante ese tiempo de moratoria, transitorio, para poder residir tenían que solicitar una autorización de trabajo y residencia.</p>
<p>La Directiva 2004/38/CE, que regula el derecho a la libre circulación, dice lo siguiente en el punto 10 de las Consideraciones:</p>
<p>&#8220;Conviene, sin embargo, evitar que los beneficiarios del derecho de residencia se conviertan en una carga excesiva para la asistencia social del Estado miembro de acogida durante un primer período de estancia. Por ello, debe supeditarse a determinadas condiciones el derecho de residencia de los ciudadanos de la Unión y los miembros de su familia por períodos superiores a tres meses&#8221;</p>
<p>La consideración número 16 dice lo siguiente:</p>
<p>&#8220;Los beneficiarios del derecho de residencia no podrán ser expulsados mientras no se conviertan en una carga excesiva para la asistencia social del Estado miembro de acogida. Por ello, el recurso a la asistencia social no podrá tener como consecuencia automática una medida de expulsión. Conviene que el Estado miembro de acogida examine si tal recurso obedece a dificultades temporales&#8230;En ningún caso se podrá adoptar una medida de expulsión contra trabajadores por cuenta ajena o propia, o personas que buscan empleo, tal como lo define el Tribunal de Justicia, salvo por razones de orden público o seguridad pública&#8221;</p>
<p>El artículo 7 de la Directiva dice:</p>
<p>&#8220;Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de residencia en el territorio de otro Estado miembro por un período superior a tres meses si:</p>
<p>a) es un trabajador por cuenta ajena o propia</p>
<p>b) dispone, para sí y los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social del Estado miembro de acogida durante su período de residencia, así como un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en el Estado miembro de acogida.</p>
<p>c) esté matriculado en un centro público o privado&#8230;y cuente con un seguro de enfermedad</p>
<p>La Directiva utiliza el concepto &#8220;carga excesiva&#8221;, que es un concepto indeterminado, y que hay que ponderar en cada caso. Expresamente dice que el recurso a la asistencia social no podrá ser en sí mismo, automáticamente, motivo de expulsión. Todo esto hay que ponerlo en relación con los sistemas de asistencia social y de asistencia sanitaria que hay en el país de acogida. Si el sistema de asistencia sanitaria tiene carácter universal, independientemente de la situación administrativa de la persona afectada, el acceso al seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos es perfectamente posible. Y lo mismo ocurre con el sistema de prestaciones sociales.</p>
<p>Al final, para que una persona procedente de otro país de la Unión Europea pueda ser expulsada hay que barajar y ponderar tres conceptos:</p>
<p>? Si es una carga excesiva para el sistema de asistencia social del Estado que le acoge<br />
? Si hay razones de orden público<br />
? Si hay razones de seguridad pública</p>
<p>Los tres conceptos nos llevan a la individualización de las situaciones de las personas afectadas, y no pueden quedar en manos de lo que decida el prefecto o el responsable de la policía de turno y, en cualquier caso, tiene que tener el derecho a recurrir en contra de la decisión administrativa que le perjudique.</p>
<p>En el caso de España, durante ese período transitorio de dos años, si no presentaban una oferta de empleo para trabajar por cuenta ajena, podían pedir una autorización de residencia que incorporaba la autorización a trabajar por cuenta propia. Otra cosa es si trabajar por cuenta propia era fácil o no, o era muy caro, debido al coste que tenía el abono de las cotizaciones a la seguridad social. Si presentaban una oferta de empleo se les concedía una autorización de trabajo y residencia por cuenta ajena. La oferta de empleo no tenía limitaciones, es decir, no estaba sujeta a las limitaciones de los catálogos de actividades de difícil cobertura. Los permisos de trabajo y residencia eran iniciales, es decir, por un año, con la obligación de renovarlos siguiendo las normas del régimen general. Finalizada la moratoria, a partir del 1 de enero de 2009 las personas provenientes de Rumanía y Bulgaria se convirtieron, en lo que a la legislación española se refiere, en europeos plenos, aplicándoseles a todos los efectos lo establecido en el Real Decreto 240/2007 que regula la residencia de las personas comunitarias y de sus familiares. Por tanto, a partir del 1 de enero de 2009, las personas provenientes de Rumanía y Bulgaria, finalizado el plazo de tres meses de estancia, solicitan un certificado de registro, no una autorización de trabajo y residencia El certificado de registro autoriza a residir en cualquier parte del país y a trabajar en cualquier actividad, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. El Real Decreto 240 /2007, que se basa en la transposición de la Directiva, la 2004/38/CE, dice lo siguiente:</p>
<p>Art. 7 del Real Decreto 240/2007: 1) Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea&#8230;tienen derecho a residir en territorio español por un período superior a tres meses. Los interesados estarán obligados a solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia&#8230;su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro.</p>
<p>Por su parte, el artículo 15 del mismo Real Decreto, dice: Cuando lo impongan razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública, se podrá adoptar alguna de las medidas siguientes en relación con los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea:</p>
<p>a) Impedir su entrada</p>
<p>b) Denegar la inscripción en el Registro de Extranjeros</p>
<p>c) Ordenar la expulsión o devolución del territorio español</p>
<p>Para proceder a expulsar a una persona ciudadana de un país de la Unión tiene que haber motivos graves de orden público o seguridad pública.</p>
<p>Por tanto, a la vista de lo que dice la Directiva de la Unión Europea, podemos deducir que Pierre Lellouche miente. ¿Puede, una persona ciudadana de un Estado miembro de la Unión, permanecer más de tres meses en otro Estado? Evidentemente, si. Tiene que pedir ser registrada, y se le tiene que documentar. La estancia en ese país por un espacio superior a tres meses no puede ser motivo de expulsión. Solo podrá ser expulsada si ha cometido una grave infracción de orden público, si ha atentado gravemente contra la seguridad pública o si supone una carga excesiva para el sistema de asistencia social del país de cogida.</p>
<p>¿Establecer la caravana o construir una vivienda de fortuna en un espacio no designado para ello es una grave infracción de orden público? ¿Atenta gravemente contra la seguridad pública? Viendo lo que están diciendo los juzgados franceses, parece más bien que no, pues están anulando las órdenes de expulsión, dado que no queda probado que haya infracciones graves de orden público.</p>
<p>Remitiéndonos a la legislación española, al Real Decreto 240/2007, para ser registrado en el Registro de Extranjeros y obtener un certificado de ese registro, hace falta presentar: pasaporte o DNI y certificado de empadronamiento. El problema, para las personas que viven en caravanas o campamentos de fortuna, es el empadronamiento, o la negativa de los ayuntamientos a empadronar a esas personas. Con la ley relativa al padrón en la mano, en principio, no tendría que haber ningún problema para empadronarse, pues de forma expresa la norma dice que el lugar donde se resida (caravana, furgoneta, chabola, cueva, el banco de un parque&#8230;) no tiene que ser óbice para empadronar. Ese lugar de residencia tiene que estar controlado por los servicios sociales municipales. Por tanto, lo que los ayuntamientos hagan, tiene mucho que ver con lo que los servicios sociales digan.</p>
<p>De todas formas, y remitiéndonos a experiencias concretas, suele haber problemas para empadronar. Uno de los argumentos que más utilizan los ayuntamientos para no empadronar es que las caravanas, las furgonetas o las chabolas se encuentran en un terreno público, y que de ese terreno público pueden ser desalojados. Por tanto, si pueden ser desalojados, independientemente de lo que diga la normativa sobre empadronamiento y el informe de los servicios sociales, el o la encargada del registro del ayuntamiento puede negar la inscripción padronal. Todo esto es muy discutible, pero conviene tener en cuenta por donde suelen salir los ayuntamientos. A señalar también que las recomendaciones del Ararteko van en el sentido de que hay que dar prioridad al empadronamiento.</p>
<p>Otro problema es cuando hay niños o niñas. Los menores de 16 años tienen que ser escolarizados, su escolarización es obligatoria. Obviamente, se tendrían que escolarizar en función de donde realmente vivan, lo que de nuevo nos remite al padrón y al reconocimiento del lugar donde efectivamente residen. Otro problema es si no se escolarizan. Si eso ocurriese tendrían que intervenir los servicios sociales, y esa circunstancia se tendría que poner en conocimiento de la Diputación.</p>
<p>En cuanto al cuarto punto, en lo que hace a la legislación española, habría que señalar que tienen derecho a las prestaciones sociales en las mismas condiciones que las personas de nacionalidad española.</p>
<p>Volviendo a lo que decían Eric Besson y Pierre Lellouche. Lo que dice el segundo, Pierre Lellouche, plantea otros problemas. Utiliza un argumento que cae bien ante una parte importante de la opinión pública. Ese argumento es más o menos el siguiente: es cierto que en sus países de origen están discriminados, viven segregados, son víctimas del racismo y de la xonofobia y viven en unas condiciones inaceptables, pero no es lógico que trasladen a otro país de la Unión Europea, en este caso a Francia, esa situación. Tampoco es lógico que los gastos que conlleva mejorar las condiciones de vida de esas personas (escolarización de los hijos, asistencia sanitaria, vivienda, prestaciones sociales, trabajo) tenga que recaer sobre Francia. A partir de ahí la conclusión cae por su propio peso: que sea la Unión Europea quien ayude a Rumanía, Bulgaria, Hungría, República Checa o Eslovaquia para que los problemas de los &#8220;Roms&#8221; se resuelvan en los países de donde proceden.</p>
<p>Pero, de nuevo podemos decir que el argumento de Pierre Lellouche presenta muchos problemas. Los roms de Rumanía, Bulgaria, Hungría, Eslovaquia, Polonia, República Checa forman parte de la Unión Europea, e independientemente de que su situación sea buena, menos buena, mala, muy mala u horrible en los países de los que son ciudadanos y ciudadanas, son sujetos de derechos en el marco de la Unión Europea y tienen derecho, por tanto, a hacer uso de los derechos reconocidos y garantizados en el marco de la Unión. Tienen, por tanto, derecho a desplazarse a otros países de la Unión y a intentar sacar su vida hacia adelante.</p>
<p>Los gitanos y gitanas del este de Europa, los roms, no son poblaciones nómadas, como muchas veces se piensa en occidente. Son poblaciones sedentarizadas desde hace mucho tiempo. Su proceso de estabilización en Europa del Este culminó en el siglo XVII. El problema es que aunque sedentarizadas, en los últimos cincuenta años como trabajadores industriales o como trabajadores agrícolas, nunca han dejado de estar discriminadas, y han aconformado, por lo menos una parte apreciable de ellos, las capas más bajas, de menos ingresos de la sociedad. Hasta mediados del siglo XIX, en algunos países eran esclavos. Son poblaciones masacradas por los ocupantes nazis, y, últimamante, han sufrido muy duramente las crisis políticas, sociales y económicas que siguieron a la caída de los regímenes comunistas de Europa del Este. La entrada de esos países en la Unión Europea no han mejorado sustancialmente las condiciones de existencia precarias de una parte apreciable de ellos. De todas formas, a pesar de los problemas, y de que hay situaciones de importante exclusión social, segregación espacial y pobreza comparativa, hay que tener en cuenta que su situación es diversa, como ocurre en España.</p>
<p>Stolipinovo es una población de unos 60.000 habitantes, situada en la periferia de Plovdiv, la segunda ciudad de Bulgaria en número de habitantes , unos 380.000. Stolipinovo es casi casi un gueto rom, el Bronx para los ciudadanos búlgaros de Plovdiv. Las cifras de paro son espantosas, 95% de la población en edad de trabajar está en paro. La mayoría de los roms de Bulgaria son musulmanes, y en función de su religión reivindican su condición o parentesco con los turcos de Bulgaria. Pero para los turcos, que representan el 10% de la población del país y que tienen sus propios órganos de representación como minoría, son roms, son tziganes. La religión no les ha permitido incorporarse a la minoría musulmana del país, siguen siendo tziganes. Y lo mismo les pasa a los roms cristianos, que su cristianismo no les permite incorporarse o identificarse con la mayoría búlgara, para quienes siguen siendo tziganes. Como señala el periodista de Le Monde Alexander Lévy, autor de unos reportajes muy interesantes sobre las condiciones de vida y existencia de la población tzigane de Bulgaria, &#8220;&#8230;los roms continúan viviendo en una especie de apartheit mitad obligado mitad voluntario. Pues la mayoría de los búlgaros no entra en matices confesionales. Mitko es solo un tzigane. O un &#8220;moreno&#8221;, uno que tiene el color de la sartén, o un &#8220;indio&#8221;, es decir un miserable, un aprovechado, un ladrón y un delincuente potencial&#8221;</p>
<p>&#8220;Los principales problemas del barrio siguen siendo el paro y la ausencia de educación, aunque Stolipinovo dispone de cuatro escuelas y de una guardería, la mayoría del tiempo están vacías. Los maestros acogen la plaza como un castigo, y muchas veces es el caso. Vienen, hacen su trabajo como pueden y buscan como sea marcharse de allí. Eso no motiva a los jóvenes roms, que rápidamente se desinteresan de la escuela, explica Assen. Y con los médicos pasa lo mismo. Incluso es peor, pues algunos son abiertamente racistas&#8221; (Alexander Lévy, Le Monde 2-9-2010)</p>
<p>Si en sus países de origen están discriminados, y una parte de ellos segregados espacialmente y conforman la parte más pobre de esas sociedades, en su desplazamiento a otras países de la Unión reproducen aspectos esenciales de su existencia, que se agravan cuando en esos nuevos países son recibidos de uñas por las autoridades y por las poblaciones con las que inevitablemente se van a tener que poner en contacto. Toda esa carga de desprecio la arrastran y la llevan a otros países, constantemente a la defensiva y con el miedo metido en el cuerpo. De ahí su aislamiento, el colocarse al margen, vivir con los suyos y buscarse la vida como se la buscan en sus países de origen, haciendo actividades de pura supervivencia marginal: mendicidad, recuperación de objetos en las basuras, venta de periódicos. No es posible salir de ese círculo sin ayuda y apoyo. Y nunca lo será si los intentos que a veces algunas familias hacen en Francia (y en otros países) por escolarizar a los hijos, se los cortan de raíz las autoridades administrativas.</p>
<p>A esas personas se les quiere negar el derecho a emigrar. Se les dice que soluciones sus problemas en el país donde nacieron. El problema es que no se les puede negar ese derecho, y no sólo en general, como seres humanos que quieren marcharse del lugar en el sufren, sino en lo concreto, porque por muy pobres que sean, son ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea. Y si se trasladan a otro país, allí habrá que afrontar sus dificultades y los problemas que se puedan producir.</p>
<p>Los responsables gubernamentales franceses, y también de otras partes de Europa, van construyendo una imágenes deformadas sobre la población rom. En primer lugar, se las presenta como una población homogénea en cuanto a su situación social, y no es cierto: &#8220;En el Este como en el Oeste, ciertas comunidades están están muy bien insertadas socialmente en su entorno, y otras sufren grandes dificultades cotidianas. Entre los dos extremos existe toda una gama de situaciones intermedias, sin que sea posible utilizar unos únicos marcadores sociales comunes a los diversos grupos, como lo muestran, desde hace decenios, diversos estudios antropológicos&#8221; (Roms: la libertad de hablar, el deber de informase, artículo colectivo de la red científica Urba-Rom, publicado en Le Monde el 20-9-2010). En segundo lugar, se las presenta, en el mejor de los casos, como víctimas de una redes mafiosas que los trasladan de un sitio a otro. Eso, en lo sustancial, no es verdad. La emigración de roms de Rumanía y Bulgaria hacia Francia y otros países, es fundamentalmente familiar, y no tiene que ver con redes mafiosas.. En tercer lugar, su presencia se liga a importantes incrementos de delincuencia, lo que tampoco es verdad. En el artículo citado más arriba se señala al respecto: &#8220;Entre los Roms, como en otros colectivos, existen prácticas de delincuencia que deben ser combatidas por la vía legal. Pero esas prácticas son eminentemente marginales. En lo que hace a la región Ile-de-France, sobre una cincuentena de asentamientos existentes en 2009-2010, un solo grupo fue identificado como practicante de una delincuencia organizada, y perseguido, como tal, por la policía&#8221; . En tercer lugar, se presentan unas cifras de migrantes Roms muy por encima de la realidad. Volviendo al artículo citado, tenemos que: &#8220;Después de los años 2002-2004, la cantidad estimada de Roms rumanos en Francia permanece estable (alrededor de 12.000 personas). Difícil de designar a esa cantidad como invasión. Por otro lado, según todas las fuentes, la tasa de emigración de los Roms de Rumanía es perfectamente idéntica a la tasa nacional de emigración de personas rumanas, alrededor del 10% de la población. Más de 2 millones de rumanos han emigrado a partir de 1990 (cifras de Eurostat), de los unos 100.000 serían Roms. Tanto para unos como para los otros, las razones para marcharse de Rumanía son económicas. Los emigrantes Roms de Rumanía no huyen de siglos de opresión, sino de veinte años de transición económica con un costo social exorbitante&#8221;</p>
<p>La posición de la Comisión europea y las declaraciones de la comisaria Viviane Reding</p>
<p>Después del Parlamento, es la Comisión, por boca de la Comisaria de Justicia y Derechos Humanos Viviane Reding, quien criticó abiertamente la posición del Gobierno francés. La Comisaria mostró su desacuerdo con la política practicada por el Gobierno francés contra los roms, estimando que era una vergüenza y que no tenía equivalentes desde la segunda guerra mundial. A su vez mostró su malestar y su cabreo por haber sido engañada por el Gobierno francés, que le había ocultado la existencia de la circular del 5 de agosto del ministerio de interior, y que confirmaba el carácter discriminatorio de las expulsiones practicadas.</p>
<p>La respuesta del Gobierno y de los diferentes portavoces de la UMP no se hizo esperar. Todos ellos se agarraron a la frase sobre la segunda guerra mundial, calificándola de amalgama inaceptable y descalificando a la Comisaria por haber insinuado que se podían comparar de las expulsiones practicadas por Francia con el trato que los nazis dieron a los gitanos. El presidente Sarkozy, en un ejercicio de populismo zafio, planteó que ya que la comisaria era luxemburguesa y como Luxemburgo era un país fronterizo con Francia, podía llevarse a los roms a su país.</p>
<p>La Comisaria acertaba en cuando al fondo, aunque la comparación con los nazis no fuese acertada. Pero esa frase permitió al Gobierno francés desviar la atención en cuanto al fondo. Y lo mismo hicieron, de forma absolutamente vergonzosa y oportunista, el grueso de los jefes de estado que se reunieron un par de días más tarde. En esa actitud vergonzosa y oportunista destacó el presidente Zapatero que, una vez más, mostraba su carácter falsario y pusilánime. Lo de Zapatero no es solo un problema de diplomacia y de que España tiene muchas deudas políticas con Francia y, por tanto, no era previsible una crítica pública al Gobierno francés. Va más allá. Hay que recordar el apoyo de los socialistas españoles a la Directiva de la Vergüenza (solo tres europarlamentarios socialistas votaron en contra, junto con la mayoría de los europerlamentarios socialistas de otros países de Europa) Y, un poco más lejano en el tiempo, la posición de Zapatero y su Gobierno en relación a las deportaciones hacia zonas desérticas practicadas por el gobierno marroquí con inmigrantes subsaharianos que intentaban llegar a Europa. A Zapatero, cuando se trata de inmigrantes, le importa poco el respeto por los derechos humanos. Eso está subordinado a otros intereses. Lo ha mostrado una y otra vez. No es la primera.</p>
<p>Esa posición de Zapatero resulta más chocante cuando los europarlamentarios de su partido votaron a favor de la resolución del Parlamento Europeo que condenaba enérgicamente la política practicada por el Gobierno francés. En ese sentido, la posición pública mantenida por el eurodiputado Ramón Jauregi, defendiendo la resolución y formulando una crítica de fondo al gobierno francés, contrasta con la actitud vacilante y oportunista del presidente.</p>
<p>Volviendo a las palabras expresadas por Viviane Reding, rápidamente rectificadas por ella misma, podemos decir que son desafortunadas, y que las comparaciones históricas, en muchas ocasiones, no suelen ser un buen método para juzgar una acción política presente. Es un procedimiento muy usado, y en parte tiene su lógica, pero muchas veces se usa y abusa de la comparación. Es muy normal denunciar unos horrores comparándolos con horrores pasados, sobre todo cuando los pasados están socialmente asumidos como tal. En este caso, se critica una política discriminatoria para con un colectivo humano, comparándola con la discriminación sufrida por ese mismo colectivo en una época histórica anterior, con una discriminación que llevó a la masacre de varios cientos de miles de gitanos en esta misma Europa. ¿Comparar las expulsiones actuales efectuadas por el gobierno francés con las deportaciones de gitanos efectuadas por los nazis, le da más fuerza a la denuncia? Creo que no, y puede desviarnos del necesario análisis de las características concretas que tiene el actual proceso de expulsión. De todas formas, insisto, la denuncia de Viviane Reding era y sigue siendo justa en cuanto al fondo, y lo que la comparación tenía de desafortunado, abusivamente utilizada para desacreditarla por parte de los políticos de la derecha francesa y, entre otros, por el presidente Zapatero, no debe empañar su posición y la denuncia de fondo.</p>
<p>Parece que la Comisión va a iniciar un procedimiento de sanción contra Francia. Por parte de Francia, la circular del 5 de agosto ha sido retirada, y ha sido sustituida por otra, fechada el 13 de septiembre, de carácter genérico sobre el desmantelamiento de campos ilegales y en la que no se cita a los gitanos o roms. Ese procedimiento sancionador contra Francia podría ponerse en marcha el 30 de septiembre, basado en los siguientes motivos:</p>
<p>? La aplicación discriminatoria de la Directiva europea sobre libre circulación de los ciudadanos y ciudadanas de la Unión.<br />
? Por defectos en la transposición de la Directiva a la legislación francesa, en lo que se refiere a las garantías procesales: procedimiento escrito; preaviso de un mes; posibilidad de recurrir; obligación de analizar caso por caso, de forma individualizada y no colectiva</p>
<p>Tendría la forma de un &#8220;aviso motivado&#8221;. La Comisión le avisaría de forma motivada al Gobierno francés. Este tendría dos meses para contestar. Si no contestare o la contestación se juzga no satisfactoria, se elevaría al Tribunal de Justicia Europeo. El aviso motivado no suspende los procedimientos de expulsión en curso.</p>
<p>Por otro lado, las organizaciones Liga de los Derechos Humanos de Francia y Gisti, han interpuesto una demanda contra el ministro del interior Brice Hortefeux, porque las expulsiones contravienen lo establecido en el artículo 14 de la Convención Europea. El ministro del interior fue ya, hace pocos meses, condenado en los tribunales franceses por sus expresiones racistas.</p>
<p>En octubre, la Unión Europea organizará una Conferencia sobre la situación de la población gitana en Europa, en Bucarest.</p>
<p>¿Se está reforzando la derecha gubernamental con esta política, gana en prestigio?</p>
<p>Más bien parece que no. Las cotas de popularidad de Sarkozy siguen muy bajas, en torno al 30%. Cuando empezó toda esta historia, a finales de julio, las dos medidas estrella de su propuesta de seguridad, el desmantelamiento de campamentos de Roms y su expulsión a Rumanía y Bulgaria; y el aumento de los supuestos de privación de la nacionalidad por sanción y el aumento de las dificultades para su obtención, le daban en las primeras encuestas un grado de aceptación del 80%. Sarkozy aprovechó la emoción de los acontecimientos de Sain-Aignan y de La Villeneuve para, haciendo suyas las propuestas de la extrema derecha, desarrollar un discurso populista que ponía la seguridad en el centro de la política, a la vez que relegaba otros temas de gran envergadura a segundo plano, tales como la reforma del sistema de jubilación y los problemas que estaba teniendo su gobierno con las sospechas de tratos de favor a los muy ricos dispensados por el Ministro de Trabajo.</p>
<p>El problema es que, una cosa es iniciar un proceso y otra controlarlo en su desarrollo. Y, en el caso de los Roms, todo apunta a que su desarrollo se ha descontrolado, que ha funcionado como un electrón libre. Ello le ha llevado a una confrontación con la Unión Europea no prevista, a la condena de su acción por parte de la ONU, al desmarque muy visible de la jerarquía de la Iglesia católica, a una crítica muy fuerte de la prensa internacional.</p>
<p>La ya famosa circular del 5 de agosto también mostraba que los ministros de su gobierno son unos mentirosos, y que su gobierno ocultó información a la Comisión Europea.</p>
<p>Todo ello ha ido rebajando el nivel de apoyo a las medidas, que actualmente se sitúa en torno al 48%. Nos puede parecer que todavía ese apoyo es muy grande, pero también es verdad que en un mes ha perdido 32 puntos, que es mucho.</p>
<p>Otro tema es la pérdida de imagen internacional. El domingo 19 de septiembre, el periódico Sud Ouest Dimanche publicaba una encuesta en la que el 71% consideraba que la imagen de Francia se había degradado internacionalmente en las últimas semanas. Entre las personas simpatizantes de la izquierda el porcentaje subía al 78% y entre las simpatizantes de la derecha era del 61%. Entre los obreros y obreras el porcentaje era del 67%, entre los cuadros subía al 85% y entre personas de profesiones liberales llegaba al 77%. Puede parecer una cuestión menor, pero estas cuestiones simbólicas tienen su importancia. Francia se suele considerar y ver a sí misma como la cuna de los derechos humanos, como un país abierto en el que el origen nacional es completamente secundario frente a la voluntad de ser francés, como el gran modelo del derecho de suelo frente al linaje y el derecho de sangre, como un país en el que el origen no se tiene en cuenta y hasta se prohíben las encuestas étnicas. Ya sabemos que la realidad es bastante más compleja y que se suele alejar de los modelos, pero las imágenes siguen funcionando como encarnación de las aspiraciones. Todas estas cuestiones se están poniendo patas arriba en los dos últimos meses.</p>
<p>Los analistas de la derecha dicen que todavía falta mucho para las elecciones presidenciales, que serán en mayo del año 2012, y que la situación es reversible. Hoy, las encuestas sobre las futuras presidenciales dan la victoria a los socialistas, tanto si la candidata es Martine Aubri como si es Dominique Strauss-Kan. En el campo de la derecha, Dominique Villepin, ex primer ministro y ex ministro de exteriores, le está comiendo el terreno a Sarkozy. Efectivamente, todavía falta año y medio y en ese tiempo pueden pasar muchas cosas, pero la tendencia que hoy se manifiesta es que las veleidades populistas no le están siendo tan rentables como podía parecer en un primer momento.</p>
<p>Sarkozy se presenta como el paladín de la seguridad. Pero su aluvión de propuestas, que además de lo arriba señalado afectan a modificaciones de la edad penal de los menores, a castigar a los padres por el mal comportamiento de sus hijos, a no abonar ayudas en materia de educación a las familias necesitadas si no gastan exactamente en esa materia, a una ampliación desmesurada de la video vigilancia, a considerar que lo fundamental es el castigo, etc, etc, tienen un problema: ¿si todo está tan mal en materia de seguridad, que ha hecho durante los últimos ocho años la derecha gobernante?, ¿qué ha hecho el propio Presidente de la República que antes fue ministro del interior?, ¿no tiene nada que reprocharse?, ¿la culpa es de quienes no han gobernado?</p>
<p>En el sarkozysmo hay una abierta utilización política del tema de la seguridad. Y hay un retroceso en materia democrática, sobre todo en lo que hace a la independencia de los jueces. El ministro del interior Brice Hortefeux ha criticado públicamente actuaciones de los jueces, a las que se ha sumado el propio Presidente de la República. El ministro del interior está haciendo propuestas en temas que son materia de la ministra de justicia, quien públicamente se ha tenido que desmarcar diciendo que ella tiene otras ideas.</p>
<p>Toda esta deriva, a quien favorece, es a la extrema derecha. Sarkozy asumió a finales de julio puntos del programa del Frente Nacional, en un intento de ganar votos en ese espacio. Gane o no esos votos, lo que sale reforzado es el universo de ideas y propuestas de la extrema derecha. Es un flaco, muy flaco servicio a la democracia y a la civilización.</p>
<p>Donostia, 20-9-2010.</p>
<p>Agustín Unzurrunzaga</p>
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